La futura reforma del Reglamento de la Ley 10/2010 marca un punto de inflexión para la industria cripto en España: el Gobierno quiere actualizar a fondo el sistema de prevención de blanqueo y situar a los criptoactivos en el centro del radar regulatorio. Para cualquier exchange, custodio o proveedor de servicios de criptoactivos, entender este movimiento y anticiparse ya no es opcional, es una cuestión de supervivencia regulatoria
Reforma del Reglamento de la Ley 10/2010: el nuevo foco en criptoactivos y lo que implica para tu negocio
El Ministerio de Economía, Comercio y Empresa ha lanzado una consulta pública previa sobre un proyecto de real decreto que modificará el Reglamento de la Ley 10/2010, aprobado por el Real Decreto 304/2014. El objetivo declarado es adaptar la norma a las nuevas tipologías de blanqueo, a la realidad de los criptoactivos y al nuevo paquete antiblanqueo europeo, manteniendo al mismo tiempo la eficacia del sistema español ante la evaluación de GAFI prevista para 2026.
Este movimiento no es un ajuste cosmético: es una actualización profunda del corazón del sistema de prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo (PBC/FT) español, que lleva más de diez años en vigor y necesita alinearse con los cambios tecnológicos, económicos y regulatorios. Los criptoactivos aparecen expresamente como una de las nuevas actividades y amenazas que la norma quiere abordar de forma específica.
¿Por qué se reforma ahora el Reglamento de la Ley 10/2010?
Desde que se aprobó el Reglamento de la Ley 10/2010 en 2014, el ecosistema financiero, tecnológico y delictivo ha cambiado radicalmente. Han surgido nuevos modelos de negocio basados en criptoactivos, nuevas herramientas para mover fondos de forma rápida y pseudónima, y estándares internacionales más exigentes liderados por el GAFI.
Además, la Unión Europea ha aprobado el denominado paquete antiblanqueo, compuesto por la Directiva (UE) 2024/1640 y el Reglamento (UE) 2024/1624, que redefine el marco AML a nivel europeo y obliga a los Estados miembros a adaptar su legislación interna. Aunque la parte más gruesa de la transposición se hará mediante una nueva ley, el Gobierno ha decidido avanzar ya en una reforma reglamentaria para incorporar cuestiones que pueden aprobarse de manera más ágil.
Objetivos oficiales de la reforma: mucho más que un simple ajuste técnico
El propio documento de consulta pública identifica varios objetivos claros de la reforma. Entre ellos destacan:
- Adaptar el Reglamento a los nuevos riesgos, metodología y avances tecnológicos en materia de blanqueo y financiación del terrorismo.
- Incorporar las exigencias internacionales del GAFI y del nuevo paquete legislativo europeo, incluyendo obligaciones sobre estadísticas, análisis nacional de riesgos y gobernanza institucional.
- Regular adecuadamente nuevas actividades y amenazas, entre las que se citan expresamente los criptoactivos como ámbito a tratar.
La reforma también busca corregir deficiencias detectadas tras más de una década de aplicación del Reglamento, como la necesidad de precisar la obligación de nombrar un representante ante el Servicio Ejecutivo de la Comisión (SEPBLAC). En conjunto, el mensaje al mercado es que el marco PBC/FT se refuerza y se moderniza, con especial atención a sectores que antes estaban en un terreno más difuso.
El papel de los criptoactivos: de riesgo emergente a prioridad regulatoria
La consulta reconoce que la aparición de nuevas actividades y amenazas, “entre ellas las derivadas del ámbito de los criptoactivos”, exige una respuesta normativa concreta. Esto supone un cambio de enfoque: los criptoactivos dejan de ser un apéndice para convertirse en una de las prioridades que justifican la reforma del Reglamento.
En paralelo, a nivel europeo se ha consolidado un marco donde los proveedores de servicios de criptoactivos (VASPs/CASPs) pasan a ser sujetos obligados a todos los efectos, con obligaciones de diligencia debida, identificación de clientes, trazabilidad de operaciones y cumplimiento de requisitos de gobernanza y control interno. El Reglamento (UE) 2024/1624 refuerza la prohibición de cuentas anónimas (sin procesos KYC), endurece el tratamiento de operaciones de alto riesgo y pone el foco en tecnologías que facilitan el ocultamiento de la trazabilidad, como mixers o ciertos criptoactivos centrados en la privacidad.
Cómo encaja esta reforma con MiCA y el paquete antiblanqueo europeo
La reforma del Reglamento de la Ley 10/2010 no puede entenderse aislada de MiCA y del nuevo paquete AML europeo. MiCA regula la emisión y prestación de servicios sobre criptoactivos en la UE, mientras que la Directiva (UE) 2024/1640 y el Reglamento (UE) 2024/1624 actualizan las reglas del juego en materia de prevención del blanqueo y financiación del terrorismo.
España necesita coordinar ambos mundos: la autorización y supervisión prudencial de proveedores cripto, y su integración como sujetos obligados dentro del sistema PBC/FT. De ahí que el Gobierno utilice esta reforma reglamentaria para empezar a incorporar elementos del paquete antiblanqueo que afectan a estadísticas, análisis nacional de riesgos y estructuras de coordinación entre autoridades, sin esperar a que concluya toda la tramitación de la nueva ley.
Problemas que se quieren solucionar: del gap tecnológico al riesgo reputacional país
El documento de consulta es claro al describir los problemas que pretende resolver la reforma. Por un lado, existe un gap entre el diseño original del Reglamento y la realidad actual de los riesgos, metodologías y tecnologías empleadas para el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Por otro, España debe responder a los compromisos adquiridos como miembro del GAFI y de la Unión Europea, incluyendo la obligación de transponer las nuevas directivas y aplicar los reglamentos europeos en tiempo y forma.
A todo ello se suma un factor estratégico: el sistema español va a ser objeto de evaluación mutua por parte de GAFI en 2026, por lo que el país se juega buena parte de su reputación internacional en materia de integridad financiera. Llegar con un marco actualizado, coherente con los estándares internacionales y adaptado a fenómenos como los criptoactivos es clave para evitar señalamientos y recomendaciones que puedan afectar al sistema financiero y al atractivo del mercado español.
Qué implica todo esto para exchanges, custodios y otros proveedores cripto
Para los operadores cripto, esta reforma es una señal directa de que el nivel de exigencia en PBC/FT va a seguir subiendo, y de que la supervisión se hará cada vez más sofisticada. Aunque el detalle técnico del nuevo Reglamento se concretará en el texto definitivo del real decreto, el sentido de la consulta anticipa varias líneas de impacto:
- Mayor claridad y rigor en la definición de quién es sujeto obligado y en qué condiciones, especialmente en el ámbito de los criptoactivos.
- Refuerzo de las obligaciones de digelencia debida, evaluación de riesgos, monitoreo transaccional y reporte, incluyendo la integración de herramientas de análisis blockchain y screening de contrapartes.
- Ajustes en gobernanza interna, nombramiento de representantes ante SEPBLAC y mejora en la generación y reporting de estadísticas y datos de riesgo.
Para un exchange o custodio que opera en España o presta servicios a residentes, esto se traduce en la necesidad de revisar políticas internas, procedimientos y tecnología de cumplimiento para evitar fricciones con supervisores y minimizar riesgos sancionadores. Al mismo tiempo, un marco claro y alineado con la UE puede convertirse en una ventaja competitiva frente a jurisdicciones menos definidas.
La consulta pública: una oportunidad estratégica para influir en la norma
La consulta pública previa tiene como objetivo recabar la opinión de las personas y entidades potencialmente afectadas sobre problemas, necesidad, objetivos y posibles alternativas regulatorias o no regulatorias. Los interesados pueden formular observaciones y comentarios tanto sobre las cuestiones planteadas como sobre otros aspectos que consideren relevantes en relación con la futura norma.
Las aportaciones deben enviarse por correo electrónico a la dirección indicada (SecretariaICMC@economia.gob.es), identificando al remitente y argumentando las posiciones en torno a los aspectos clave que menciona la consulta. Para exchanges, custodios y otros actores del ecosistema cripto, esta es una ocasión única para plantear mejoras técnicas, defender la proporcionalidad de las obligaciones y proponer soluciones que conjuguen eficacia en la lucha contra el blanqueo con viabilidad operativa y competitividad internacional.
Cómo puede prepararse tu negocio cripto ante esta reforma
La mejor manera de afrontar esta reforma no es esperar al texto definitivo, sino anticiparse con una revisión integral del marco de cumplimiento. Algunos pasos recomendables para cualquier operador cripto serían:
- Revisar el análisis de riesgos de blanqueo y financiación del terrorismo, incorporando específicamente los escenarios relacionados con criptoactivos y tomando como referencia los estándares GAFI y el nuevo paquete AML europeo.
- Actualizar políticas y procedimientos AML/KYC,incluyendo onboarding, monitorización continua, gestión de alertas, listas de sanciones y travel rule, alineados con MICA y con los principios que se desprenden de la reforma.
- Evaluar si la estructura de gobernanza, nombramiento y reporting a SEPBLAC cumple con la exigencias actuales y con las previsibles modificaciones del Reglamento.
Actuar ahora permite llegar a tiempo a la entrada en vigor de los cambios, reducir tensiones con supervisores y utilizar la consulta pública para defender posiciones sólidas y bien fundamentadas.
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En Cryptoveritas360 acompañamos a exchanges, custodios, fintech y otros proveedores de servicios de criptoactivos en todo el ciclo de cumplimiento regulatorio. Ayudamos a integrar los requisitos de MiCA con las exigencias actuales y futuras de la Ley 10/2010 y su Reglamento, así como con el nuevo paquete antiblanqueo europeo, de forma coherente y operativa.
Nuestros servicios incluyen, entre otros:
- Análisis de impacto de la reforma del Reglamento de la Ley 10/2010 en tu modelo de negocio y tu mapa de riesgos.
- Diseño y actualización integral de tu marco AML/CFT, KYC y travel rule, alineado con MiCA y con los estándares GAFI y de la UE.
- Asesoramiento en procesos de autorización y registro como proveedor de servicios de criptoactivos, así como en la preparación de alegaciones técnicas en el marco de la consulta pública.
Si operas con criptoactivos en España o en la Unión Europea, este es el momento de adelantarte a los cambios y convertir el cumplimiento en una ventaja competitiva. Contacta con Cryptoveritas360 para una sesión de diagnóstico inicial y empieza a preparar a tu organización para el nuevo entorno regulatorio.
