Actualmente, existe un derecho internacional sólido que se fundamenta en la Convención de Naciones Unidas de lucha contra el tráfico ilícito de drogas (Viena, 1988), la Convención de Naciones Unidad contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Nueva York, 2000). Grupo de Accion Financiera Internacional (GAFI) o el Reglamento de Estados Americanos sobre delito de lavado relacionados con el tráfico ilícito de drogas y delitos conexos (1992). demás de lo anterior, la normativa nacional de los países prevén leyes específicas y estrictas en relación a la prevención del blanqueo de capitales
El contexto regulatorio establecen obligaciones a los sujetos obligados para evitar que accedan fondos de procedencia ilícita al circuito financiero y este sea utilizado facilitando la financiación del terrorismo o actividades ilícitas; de tal forma que los sujetos obligados han de dotar a sus organizaciones de mecanismos y procedimientos eficaces que les permitan, entre otros aspectos, identificar al cliente y a su titular real, conocer el propósito de la relación de negocios y acreditar el origen de los fondos. Estos mecanismos de control y procedimientos, junto con otros establecido, componen el Sistema de PBC/FT.